El homicidio en el derecho operacional

El homicidio en el derecho operacional

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Manuel Felipe Espinosa Vásquez

Resumen

La tarea que despliegan las Fuerzas Militares de Colombia, en un escenario de conflicto armado no internacional, está regulada por una serie de elementos e instrumentos de carácter nacional e internacional. Estos mecanismos, como el derecho internacional humanitario y el derecho operacional, les permiten a todos los ejércitos del mundo llevar a cabo una serie de conductas enmarcadas dentro de órdenes legales y legítimas que encierran la vulneración de los derechos humanos fundamentales como la vida que, en el escenario de confrontaciones bélicas, está dado atacar en cumplimento de un deber legal y constitucional “superior”, como la salvaguarda de la seguridad y defensa nacional. Si bien es cierto que un conflicto armado implica atacar al enemigo, este ataque no puede ser irresponsable y sin justificación. Los métodos y medios para hacer la guerra son ese instrumento que va a contener las fuerzas de la guerra.

Aunque son importantes los métodos y medios de hacer la guerra, y el derecho operacional como instrumento que les otorga a los miembros de la fuerza pública herramientas para direccionar su actuar de una forma legal y legítima, no menos importante resulta determinar quién es la autoridad competente para llevar a cabo las investigaciones de los resultados que se derivan de la actuación militar, especialmente cuando se trata de un homicidio, pues en Colombia, con la existencia de la Justicia Penal Militar por un lado y la justicia ordinaria por el otro, aunado al tema de los “falsos positivos”, resulta bastante interesante lograr determinar en qué línea le es pertinente actuar a una y otra jurisdicción.

Palabras clave: derecho internacional humanitario, derecho operacional, derechos humanos, homicidio.

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